Conductora absuelta en Mallorca tras triplicar la tasa de alcoholemia: la Justicia considera que no quería emborracharse
Una conductora causó un grave accidente en Capdepera (Mallorca) mientras conducía con una tasa de alcohol en aire espirado que triplicaba el límite permitido, alcanzando 0,78 mg/l. A pesar de la gravedad del siniestro, en el que resultaron heridas dos personas, la Justicia decidió absolverla al considerar que no hubo intención voluntaria de intoxicación.
Detalles del accidente y resultado de la prueba de alcoholemia
El accidente ocurrió durante la noche cuando la mujer perdió el control del vehículo, que se salió de la carretera, colisionó contra una farola, otro coche estacionado y finalmente contra un muro. Dos ocupantes del otro vehículo sufrieron heridas graves, con secuelas derivadas del impacto.
La Guardia Civil, al llegar al lugar, detectó síntomas evidentes de intoxicación etílica en la conductora y realizó la prueba de alcoholemia, que dio un resultado de 0,78 mg/l en aire espirado, triplicando ampliamente el límite legal establecido en España para conductores particulares.
Solicitudes de la Fiscalía y sentencia judicial
Ante estos hechos, la Fiscalía solicitó una multa de 7.200 euros junto con la retirada del permiso de conducir por tres años y medio, al entender que existía un delito contra la seguridad vial por conducir bajo los efectos del alcohol. Sin embargo, la juez encargada del caso absolvió a la conductora, argumentando que no se pudo probar que su estado de intoxicación fuera deliberado.
La enfermedad y explicación de la conductora
Según su defensa, la mujer padece trastorno del espectro alcohólico fetal (TEAF), una condición derivada de la exposición prenatal al alcohol, que provoca una hipersensibilidad que agrava el efecto del alcohol en su organismo incluso con pequeñas cantidades. Además, afirmó que antes de conducir había consumido tres cervezas que pensaba que eran sin alcohol (0,0), desconociendo su contenido alcohólico.
Un informe pericial neuropsicológico aportado durante el juicio explicó que esta enfermedad puede ocasionar alteraciones significativas en la absorción y asimilación del alcohol, afectando gravemente el funcionamiento cerebral y provocando alteraciones del estado de conciencia.
Marco legal sobre alcoholemia y conducción
En España, la normativa establece límites máximos de alcohol en sangre y en aire espirado para los conductores. Para particulares, la tasa máxima permitida en aire espirado suele ser de 0,25 mg/l. Superar estos límites puede acarrear sanciones administrativas o penales, dependiendo del nivel y las consecuencias.
Conducir con una tasa de alcoholemia que supere los límites penales, o hacerlo con las capacidades psicofísicas claramente mermadas, puede ser considerado un delito contra la seguridad vial. Este delito conlleva multas económicas y la privación del derecho a conducir.
Por qué el caso es excepcional
Este caso es singular debido a que la absolución judicial no se fundamentó en negar el positivo en alcoholemia, sino en la falta de voluntad de la conductora para intoxicarse deliberadamente. La consideración de padecer TEAF y la creencia errónea sobre el contenido alcohólico de las bebidas fueron factores clave.
La sentencia refleja la importancia de valorar con rigor los aspectos médicos y personales en casos de alcohol y conducción, especialmente cuando se sospecha que la intoxicación no fue provocada voluntariamente.
Implicaciones y reflexión
Este caso invita a reflexionar sobre la complejidad de los delitos relacionados con el alcohol al volante y la necesidad de un enfoque judicial que considere circunstancias personales y médicas específicas. También subraya la importancia de la prevención y la educación para evitar accidentes graves provocados por el alcohol.

